Nombramiento de árbitros

El CAM también puede actuar como “institución nominadora”, es decir, nombrar árbitros para procedimientos arbitrales que no se conduzcan bajo las Reglas de Arbitraje del CAM. De ser el caso, la Solicitud deberá incluir:

  • El nombre y domicilio completos, teléfono, fax y correo electrónico de las partes;
  • Observaciones con relación al número de árbitros;
  • Descripción de la materia de la controversia;
  • Monto en litigio;
  • Acuerdo de arbitraje; contrato o documento base de la acción;
  • Acuerdo por el que las partes designan al CAM como institución nominadora de árbitros; y
  • Toda información adicional necesaria para que el CAM pueda realizar el nombramiento.

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