Síntesis de las Tesis Ganadoras del Premio J.C. Treviño 2010

Primer Lugar

La Conveniencia de la Adhesión de México al Convenio sobre Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de otros Estados



 

Autora: Alexandra von Wobeser Martínez Vara

Uno de los principales impedimentos para atraer inversión extranjera en los países en vías de desarrollo ha sido la concepción de que, en el caso de haber una disputa entre el inversionista y el Estado receptor de la inversión, aquél carecería de un procedimiento efectivo parahacer valer sus derechos en contra del Estado.

Con la finalidad de contribuir a la solución de tal problema, en 1966, el Banco Mundial creó el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias de Inversión (el “ciadi” o el “Centro”), previsto en el Convenio Sobre Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones entre Estados y Nacionales de Otros Estados (el “Convenio de Washington” o el “Convenio”). Desde su entrada en vigor, el Convenio ofrece a sus signatarios e inversionistas extranjeros nacionales de los Estados signatarios del mismo, la oportunidad de llevar sus disputas a tribunales arbitrales y comisiones de conciliación ad hoc creados con la finalidad de resolver dichas disputas de manera neutral. A la fecha, 141 Estados han firmado el Convenio y 134 lo han ratificado para volverse Estados miembros, convirtiéndose así en uno de los tratados más ratificados en la historia reciente.

Artículo CIADIVF

Segundo Lugar

La Ejecución Internacional de Laudos Anulados en su País de Origen

Autor: Gustavo Ernesto Aceves Rivera

La Convención de Nueva York de 1958 sobre el Reconocimiento y Ejecución de las Sentencias Arbitrales Extranjeras (“Convención de Nueva York”) establece en su artículo V las causales para denegar el reconocimiento o ejecución de un laudo, mismas que operarán de oficio cuando se trate de una violación al orden público o de una materia inarbitrable, o a petición de parte, siempre que se pruebe ante la autoridad competente que se violaron los estándares mínimos de justicia procesal en relación al acuerdo arbitral, a las partes o al proceso arbitral en sí mismo.

Como regla general, si un laudo arbitral ha sido anulado en el país sede del arbitraje, el juez podrá denegar su reconocimiento o ejecución, sin importar las bases sobre las que fue anulado, en virtud del artículo V (1) (e) de la Convención de Nueva York. El derecho interno de cada Estado es quien define las bases de anulación, que pueden o no coincidir con las causales para denegar el reconocimiento o ejecución de laudos arbitrales señaladas en el artículo V de la Convención de Nueva York. Una vez declarada la nulidad del laudo, cesan sus efectos y su ejecución no será posible en su país de origen. Sin embargo, surgen opiniones divergentes en cuanto a los efectos internacionales de la anulación. ¿Se puede ejecutar un laudo anulado en un país distinto a aquel en el cual se decretó la anulación? ¿En qué casos?

20101130 Resumen de Tesis GEAR

Tercer Lugar

Conflictos de Jurisdicción en el Arbitraje Comercial y la Ejecución de la Cláusula Arbitral en México. Consideraciones Teóricas para un Caso Práctico

Autor: Héctor Flores Sentíes

El objetivo del estudio consistió en demostrar la importancia de entendercorrectamente la teoría del arbitraje al resolver los conflictos que surgen en relación con la institución arbitral. Concretamente, el tema involucrado en el fondo es la compleja relación del arbitraje con la judicatura en la ejecución de una cláusula arbitral como método idóneo parasolucionar un conflicto de jurisdicción.

Partiendo del supuesto de que es posible desarrollar un procedimiento judicial y uno arbitral de forma paralela, y de que es posible solucionar dicha problemática de formas muy diversas con distintos niveles de conveniencia y deseabilidad de las mismas, se buscaba evaluar la relación entre la teoría del arbitraje y su realidad práctica, esto es, constatar los efectos de adoptar de una u otra visión del arbitraje al solucionar ciertos problemas prácticos. Se pretendía sugerir cuál era la forma correcta de salvaguardar al arbitraje a partir de un caso real en México en donde dicha institución quedó desprotegida por no contar con las bases teóricas adecuadas.

Después de una amplia compilación de sentencias mexicanas cuyo objeto fuera la presencia de litispendencia en procedimientos arbitrales, se constató la existencia de una tesis aislada que si bien no involucraba de manera directa los procedimientos paralelos, sí versaba sobre el tema más general de procedimientos arbitrales y judiciales vinculados; se obtuvo el engrose y el resto de las sentencias involucradas con el caso.

Para comprobar la validez de la hipótesis, se dividió el trabajo en dos partes fundamentales: (1) caracterización de conceptos jurídicos fundamentales involucrados en el caso práctico; (2) exposición exhaustiva y crítica del caso práctico a partir de los conceptos teóricos propuestos. Se buscaba demostrar que la postura que la judicatura asuma sobre el arbitraje depende de las bases teóricas bajo las cuales opere.

Reseña HFS – Premio JC Treviño